miércoles, 28 de marzo de 2012

29 DE MARZO HUELGA GENERAL

Ante la convocatoria de huelga general para este 29 de marzo os informamos de las siguientes cuestiones:

1. Aquellos trabajadores que deseen ejercer su derecho a huelga y no formen parte de los servicios mínimos podrán hacer huelga.

2. Los trabajadores a los que se les haya comunicado que son servicios mínimos deberán ejercer sus funciones laborales con total normalidad.

3. Según el Real Decreto-Ley 17/1977, sobre relaciones en el Trabajo, en su Título I. El derecho a la huelga, Capítulo 1 se recogen las condiciones de huelga:

En el artículo 6.1 apartado 4. Se respetará la libertad de trabajo de aquellos trabajadores que no quisieran sumarse a la huelga.

Apartado 5. En tanto dure la huelga, el empresario no podrá sustituir a los huelguistas por trabajadores que no estuviesen vinculados a la empresa al tiempo de ser comunicada la misma.

Artículo 7.1 El ejercicio del derecho de huelga habrá de realizarse, precisamente, mediante la cesación de la prestación de servicios por los trabajadores afectados y sin ocupación por los mismos del centro de trabajo o de cualquiera de sus dependencias.


Pedimos a todos los trabajadores de RTVV que durante la huelga general se respete tanto el ejercicio del derecho a la huelga como el derecho de aquellos trabajadores que no quieren ejercerlo.