jueves, 21 de enero de 2010

miércoles, 20 de enero de 2010

APROBADO EL CALENDARIO LABORAL 2010


Ayer en Comisión Paritaria del VIII Convenio Colectivo de RTVV se aprobó el CALENDARIO LABORAL 2010. Se adjunta calendario en el e-mail.

Para este año hay 4 días de compensación de jornada anual. En Castellón, Burjassot, Valencia y Alicante son: el 1 de abril, el 11 de octubre, el 7 de diciembre y el 29 de octubre.

Este año existe la posibilidad de cambiar el 29 de octubre, por otro día, pactado con la empresa. En el caso de que no exista tal acuerdo el trabajador lo disfrutará el 29 de octubre.

Para Madrid son los siguientes: 4 de junio, 11 de octubre, 8 de noviembre y 7 de diciembre.

Para Barcelona, 1 de junio, 25 de junio, 11 de octubre y 7 de diciembre.

Para solicitar el cambio del día 29 de octubre, en el impreso de permisos, se marcará ALTRES, se especificará “COMPENSACIÓN DE JORNADA ANUAL” y en OBSERVACIONES se hará constar: “COMPENSACIÓN DE JORNADA ANUAL DEL 29 DE OCTUBRE”.

Por otro lado, la empresa se ha comprometido, trimestralmente, a darnos información de todos los trabajadores cuyos contratos cumplen los requisitos de art. 15.5 de E.T. y 19.2 de nuestro VIII Convenio Colectivo.

“Adquirirán la condición de trabajadores indefinidos en los términos del Estatuto de los Trabajadores y con respecto a los principios de acceso a la Administración Pública, los trabajadores que estén contratados durante un plazo superior a 24 meses en un período de 30, con o sin solución de continuidad, para el mismo puesto de trabajo con la misma empresa, mediante 2 ó más contratos temporales, excepción hecha de los contratos formativos, de relevo e interinidad.”

CONDICIONES IMPRESCINDIBLES PARA LA EMPRESA: MISMO PUESTO DE TRABAJO Y MISMA EMPRESA.

EL MISMO PUESTO DE TRABAJO NO QUIERE DECIR CATEGORIA PROFESIONAL.

USOCV-RTVV se pone a disposición de todos los trabajadores para asesorarles sobre las dudas de este proceso.



USOCV-RTVV (Telf. 963183453) www.uso-rtvv.blogspot.com email: uso@rtvv.es

martes, 12 de enero de 2010

EL CONVENIO DE LA ESTABILIDAD LABORAL, UNA REALIDAD



El VIII Convenio Colectivo de RTVV ya es una realidad.

La Consellería de Hacienda lo ha ratificado, y con ello queda sellada la garantía de estabilidad laboral para todos y cada uno de los trabajadores de RTVV.
Aquellos que negaron su validez, que intentaron boicotear el acuerdo y que han dicho hasta la saciedad que el convenio era un espejismo han vuelto a mentir.
La estabilidad se ha impuesto ante la pretensión que mantenían otros sindicatos de conservar ciertos privilegios de pocos a costa del puesto de trabajo de los más desprotegidos.
Este es el mejor convenio posible, y lo avala el hecho de que muchas de sus ventajas ya se han podido disfrutar a petición de muchos de nosotros. Una vez más los hechos se imponen a partidismos insolidarios y la cordura se hace patente, todo gracias a la capacidad de diálogo de las partes implicadas en el acuerdo.
Desde USOCV nos congratulamos de que el proceso se haya zanjado con éxito por el bien de todos y nos comprometemos a seguir trabajando desde la tolerancia, el respeto y la sensatez para garantizar que el convenio de la estabilidad se cumpla en todos sus términos.
Se han acabado las épocas del rumoreo, las amenazas y el miedo. El 2010 llega con muchos interrogantes para los compañeros de profesión, pero para los trabajadores de RTVV ha empezado con una firma de compromiso. Feliz Año Nuevo!




USOCV-RTVV (Telf. 963183453) http://www.uso-rtvv.blogspot.com/ email: uso@rtvv.es


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